Todo al sueldo básico!
Según Nilda Patiño de Docentes Autoconvo- cados, “de los $2.340 que percibe un docente como salario inicial, sólo $990 los cobra en blanco”. Es decir, que de los haberes que percibe un docente formoseño cada mes, sólo un poco más del 40% integra el "Sueldo básico", con aportes previsionales. Lo demás son "sumas no remunerativas".
Esto viola el art. 82 de la Constitución Provincial que expresamente dice: “Todo incremento deberá quedar incluido en el salario, sujeto a contribuciones y aportes”.
Los docentes tienen derecho a reclamar al Estado provincial que la reliquidación del Sueldo Básico, pidiendo que se integre al Código 101 los adicionales “no remunerativos” y/o “no bonificables” (“Incentivo Docente”, “Suplemento No Remunerativo No bonificable" “Artículo 9, Ley 26.075 de Financiamiento Educativo”)
Estos adicionales "no remunerativos" no son considerados en el cálculo de otros rubros salariales que se determinan con referencia al rubro “Sueldo Básico”, que son los códigos 103 (Antigüedad), 112 (Presentismo) y 116 (Zona).
En consecuencia, los docentes deben solicitar que se proceda a reliquidar los haberes percibidos, incluido el Sueldo Anual Complementario, desde las fechas en que los respectivos incrementos salariales entraron en vigencia y que se les abonen a las diferencias resultantes de aquella liquidación con más sus intereses, en concepto de “Sueldo Básico”, “Antigüedad”, “Presentismo” y “Zona”.
Asimismo, deben reclamar que a las sumas que se incorporen al Sueldo Básico como resultado de la reliquidación, se les realicen las deducciones correspondientes al código 202 (APORTE JUBILATORIO).

