La Subsecretaría de Defensa al Consumidor obliga al Banco Francés a indemnizar por daño moral
Por primera vez, la Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Usuario de la Provincia de Formosa reconoce que el “daño moral” por una “situación vergonzante” debe ser indemnizado. Por Resolución Nº 183/11 condenó al Banco Francés a pagar el equivalente a cinco canastas básicas del INDEC ($ 7.463,70) por ser responsable de la situación sufrida por una cliente que quiso utilizar una tarjeta de crédito MasterCard del Banco, pero “rebotó” porque se informó que “no tenía fondos”, a pesar de que sí existían fondos suficientes para hacer la compra.
Por la vergüenza y el mal momento pasado por la cliente, la Subsecretaría impuso al Banco Francés una multa de $75.000 y asimismo lo condenó a indemnizar a la cliente por “daño moral”. El Banco apeló la medida, recurriendo al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Formosa, que a través del Fallo Nº 9715 de fecha 12 de octubre de 2011, redujo a $15.000 la multa, pero confirmó la indemnización equivalente a cinco canastas básicas dispuesta por la Resolución Nº 183/11 de la Subsecretaría.
Consideró el Superior Tribunal que la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor “es amplia y abarca todo perjuicio causado al consumidor o usuario (o aún a quien de cualquier manera está expuesta a una relación de consumo) sobre sus bienes o personas (incluyendo daños materiales, a la personalidad, etc.) y puede provenir de acción u omisión, incluyendo ciertos daños motivados en la falta de información suficiente”.

